


Conflicto en el TSJ de Santa Cruz: Los vocales del Tribunal Superior de Justicia resolvieron “no ratificar” la jura de Sergio Acevedo y José Antonio González Nora encabezada por Mariani
Provinciales26/09/2025



El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz decidió no ratificar la jura de Sergio Acevedo y José Antonio González Nora como nuevos vocales, debido a medidas judiciales vigentes que suspendían el trámite legislativo de las ternas enviadas por el Ejecutivo provincial.
Por La Opinión Austral
Los vocales del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Santa Cruz resolvieron no ratificar las resoluciones de Presidencia que habilitaron la jura de Sergio Edgardo Acevedo y José Antonio González Nora como nuevos vocales del máximo tribunal provincial, designados recientemente por la Legislatura en el marco de la ampliación del cuerpo de cinco a nueve miembros.


El acto de juramento se había realizado este viernes por la mañana, en la sede del Tribunal, encabezado por el presidente del TSJ, Daniel Mariani, y con la presencia del gobernador Claudio Vidal.
Sin embargo, horas después, mediante una resolución firmada por la mayoría de los vocales, el Tribunal informó que no ratifica las resoluciones dictadas “Ad Referéndum” que dispusieron la toma de juramento, por considerar que se encontraban vigentes mandas judiciales que ordenaban suspender el tratamiento de las ternas.
La decisión fue adoptada mediante un documento firmado por los vocales Alicia de los Ángeles Mercau, Paula Ernestina Ludueña Campos, Reneé Guadalupe Fernández y Fernando Miguel Basanta, quienes resolvieron “NO RATIFICAR” las resoluciones de Presidencia registradas al Tomo CLXV, Registros 78 y 79, ambas de fecha 26 de septiembre de 2025.
“No se puede otorgar eficacia jurídica a dichos actos sin lesionar el orden jurídico vigente y el sistema republicano de gobierno”, afirma la resolución del cuerpo.
De esta manera, el acto de juramento de los Dres. Sergio Acevedo y José Antonio González Nora queda sin efecto jurídico, hasta tanto se verifique la regularidad constitucional y legal del procedimiento de designación.
Vigencia de medidas judiciales que suspendían el proceso
En el documento, los vocales del Tribunal recordaron que al momento de la sesión legislativa y de las juras, existían dos mandas judiciales expresas que ordenaban abstenerse de tratar las ternas enviadas por el Poder Ejecutivo:
Una resolución del 19 de septiembre de 2025, dictada en la causa “Asociación Gremial de Empleados Judiciales de la Provincia de Santa Cruz c/ Honorable Cámara de Diputados s/ medida cautelar” (Expte. N° 31843/2025), que ordenaba suspender el tratamiento por diez días o hasta nueva resolución.
Otra, proveniente del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N° 1, en el marco de la denuncia “Echazú Eloy y Ponce Elba s/ denuncia” (Expte. N° 94.454/25), que reiteraba la vigencia de la primera medida.
El TSJ advirtió que tanto la sesión legislativa del 25 de septiembre como las designaciones y juras posteriores podrían haberse realizado en contradicción con órdenes judiciales vigentes, lo que “compromete la juridicidad del procedimiento”.
Además, los vocales manifestaron su discrepancia con el accionar del presidente Daniel Mariani, quien tomó juramento a los nuevos vocales sin someter el asunto a deliberación del cuerpo.
“La atribución de conferir juramento no puede ser concebida como un acto meramente ceremonial, sino como la culminación de un acto complejo que requiere verificar previamente la regularidad constitucional y legal”, explicaron los magistrados.
El Tribunal sostuvo que la investidura de nuevos vocales debe contar con la aprobación colegiada del cuerpo, y que una decisión unilateral “desnaturaliza las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de la Justicia”.
La resolución del Tribunal Superior de Justicia
En su parte resolutiva, el TSJ dispuso:
No ratificar las resoluciones de Presidencia dictadas “Ad Referéndum” del 26/09/2025, que dispusieron la jura de los Dres. Acevedo y González Nora.
Notificar a las áreas correspondientes del Poder Judicial y registrar la decisión en los libros oficiales.
La resolución fue firmada por los vocales Mercau, Ludueña Campos, Fernández y Basanta, y el secretario Alfredo Gustavo Fernando Costabel.
El presidente Daniel Mariani no intervino por haber dictado los actos ahora no ratificados.
El conflicto se origina tras la modificación legal aprobada por la Legislatura de Santa Cruz, que amplió el número de vocales del TSJ de cinco a nueve.
El gobernador Claudio Vidal envió cuatro ternas de candidatos, de las cuales dos fueron aprobadas (Acevedo y González Nora), mientras que una fue devuelta a la Comisión de Asuntos Constitucionales y otra al Ejecutivo, por no cumplir requisitos legales.
No obstante, las medidas cautelares judiciales vigentes ordenaban suspender el tratamiento, lo que pone en duda la validez de las designaciones y motivó que el Tribunal decidiera no ratificar las resoluciones que habilitaron las juras.




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