


Emilio Pittavino, el riogallegense Campeón de América con la Scaloneta
El Que Calla Otorga


Emilio Pittavino nació en Río Gallegos y desde muy joven tuvo una relación inmediata con el deporte. Amante del fútbol fue destacado jugador en distintas categorías de Ferrocarril YCF, desarrollando durante su adolescencia el interés por la kinesiología deportiva. Con ese objetivo viajó a Buenos Aires para continuar sus estudios universitarios en esta materia, lo que realizó con total éxito, recibiéndose de Licenciado en Kinesiología y Fisiatría.
Al poco tiempo, en 2017, fue integrado al cuerpo médico de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) como kinesiólogo de Selecciones Juveniles, primera experiencia que lo llevó a realizar su trabajo en el Sudamericano Sub-15 de Paraguay en 2019, y Susamericano Sub-17 de Perú en el mismo año. Su buen desempeño lo llevó a ocupar un lugar en la selección Argentina de Fútbol Femenino y, posteriormente, en 2021, tuvo la oportunidad de ser parte del plantel de la Selección Argentina de Futsal que se consagró subcampeón del mundo, y, al año siguiente, campeona de Copa América.
Ya en varias oportunidades el riogalleguense se ha referido a la intensidad con la que vive su experiencia como integrante del cuerpo médico de selecciones, aunque en esta ocasión le llegó, tal vez, uno de sus máximos desafíos. Fue como integrante del cuerpo médico de la selección mayor, una scaloneta repleta de figuras, campeona del mundo y desde ayer bicampeona de América.


Durante los festejos se lo pudo ver en varios instantes, sonrisa mediante y rodeado de los jugadores de la selección, también con su medalla y la preciada copa del continente. Previo a abordar el vuelo que por estas horas regresa al país con parte de la delegación argentina campeona de Copa América, agradeció a su familia por el apoyo. “Hacen que todo sea posible. Gracias por acompañarme siempre”, celebró en redes sociales, minutos antes de subir al avión.
Fuente: Tiempo Sur




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Vidal sobre la Ley de Emergencia: "Hay sectores políticos que no quieren dejarnos gobernar”
Así lo manifestó, el gobernador Claudio Vidal, al termino de la ceremonia de puesta en funciones de Sebastián Georgion como ministro de Desarrollo Social, Igualdad e Integración. Asimismo, hizo alusión a lo acontecido ayer en Diputados e hizo una ferviente crítica a la oposición. “Mienten a la sociedad y buscan generar caos. Esto es totalmente antidemocrático”, afirmó
Luego del acto, el gobernador Claudio Vidal mantuvo un diálogo con los medios de comunicación presentes. En ese marco, no solo habló del acontecimiento que los convocó esta tarde, sino que también se refirió a la situación económica provincial, el conflicto político en la Legislatura y el impacto de decisiones judiciales. Asimismo, defendió la necesidad de una ley de emergencia y cuestionó a sectores de la oposición y gremios.
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Así lo manifestó, el gobernador Claudio Vidal, al termino de la ceremonia de puesta en funciones de Sebastián Georgion como ministro de Desarrollo Social, Igualdad e Integración. Asimismo, hizo alusión a lo acontecido ayer en Diputados e hizo una ferviente crítica a la oposición. “Mienten a la sociedad y buscan generar caos. Esto es totalmente antidemocrático”, afirmó
Luego del acto, el gobernador Claudio Vidal mantuvo un diálogo con los medios de comunicación presentes. En ese marco, no solo habló del acontecimiento que los convocó esta tarde, sino que también se refirió a la situación económica provincial, el conflicto político en la Legislatura y el impacto de decisiones judiciales. Asimismo, defendió la necesidad de una ley de emergencia y cuestionó a sectores de la oposición y gremios.


La Justicia Nacional del Trabajo dictó una medida cautelar que suspendió una parte sustancial de la Reforma Laboral, con 34 artículos que quedaron suspendidos. El fallo, que responde a una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT), pone en pausa de forma provisoria la aplicación de numerosos tramos de la norma hasta que se resuelva la cuestión de fondo, debido a indicios de inconstitucionalidad y el riesgo de generar "daños irreparables".
Quiénes entran y quiénes salen de la ley de contrato de trabajo
Art. 1 (Nuevos excluidos): la ley ya no se aplica a empleados públicos, personal doméstico (tienen su propio régimen), trabajadores independientes, repartidores de plataformas ni personal de barcos o presos.
Art. 3 (En caso de duda): establece el principio de la norma más favorable. En caso de duda, prevalecerá la más favorable al trabajador, aplicando el criterio de agrupamiento por instituciones
Art. 6 (Derechos que no se tocan): se mantiene que el trabajador no puede renunciar por su cuenta a los derechos básicos que le dan la ley o su convenio.
Art. 9 (La cuenta de los años): Si un trabajador se va y vuelve con el mismo empleador, su antigüedad anterior no se cuenta si pasaron más de dos (2) años.
Art. 10 (Juicios gratis): el trabajador sigue sin pagar gastos por demandar, y su casa está protegida; pero si el abogado infla el reclamo sin sentido, ahora también es responsable de los costos.
Contratistas, agencias y "changas"
Art. 13 (¿Es empleado o no?): se presume que hay trabajo si hay dependencia. Pero si hay facturas de por medio por servicios profesionales o de oficios, esa presunción ya no corre.
Art. 16 e Intermediarios (Arts. 17, 18 y 19): el jefe es quien registra. Las empresas que usan empleados de agencias temporales o subcontratistas solo responden por el tiempo que el trabajador estuvo con ellas. Si el dueño controla que el contratista pague todo, queda libre de culpas.
Cambios en el día a día y papeles.
Art. 23 (Cambios de tareas): el jefe puede cambiar formas de trabajo siempre que no afecte lo esencial ni le haga perder plata al empleado (se quitó el concepto de "daño moral").
Art. 24 (Límites al jefe): el empleador debe manejarse siempre dentro de lo que dicen la ley y los convenios.
Art. 25 (El certificado de trabajo): la empresa tiene hasta 45 días para darte los papeles de aportes y servicios cuando te vas. Se pueden entregar de forma digital.
Tras su aprobación en el Congreso
El Gobierno promulgó la Reforma Laboral y los trabajadores pueden ser precarizados
Nuevas formas de contrato
Art. 26 (Derogación): se eliminó un capítulo entero de la ley vieja sobre ciertas modalidades de contrato.
Art. 27 (Medio tiempo): se permite hacer horas extra voluntarias, pero no pueden pasarse del límite legal. El sueldo debe ser proporcional al de jornada completa.
Art. 28 (Contrato con fecha de fin): si te echan antes de tiempo, la indemnización se calcula pensando en lo que hubieras ganado hasta el final del contrato.
Art. 30 (Trabajo en equipo): si un grupo trabaja para un tercero de forma fija, ese tercero es el responsable legal.
El bolsillo: Sueldos, propinas y premios
Art. 31 (Beneficios extra): el comedor, la ropa de trabajo, la guardería o los cursos no son parte del sueldo "en blanco" y no pagan aportes.
Art. 32 (Propinas): no se consideran parte del sueldo bajo ningún concepto.
Art. 33 (Premios por mérito): las empresas pueden dar bonos variables por productividad que no se vuelven obligatorios para siempre.
Art. 34 (Gastos que no son sueldo): no se cuenta como salario el pago de internet, celular para el trabajo, viáticos con ticket o el uso del auto.
Descansos y salud
Art. 41 (Vacaciones): se pueden fraccionar en períodos de al menos 7 días y se pueden tomar fuera del verano si hay acuerdo.
Art. 42 (Banco de horas): se puede acordar compensar horas: trabajás más un día y menos otro, siempre respetando los descansos de 12 horas entre jornadas.
Art. 43 (Promedio de horas): los convenios pueden fijar horarios que se compensen semanalmente.
Art. 44 (Estar enfermo): este artículo sufrió una modificación drástica de contenido. Mientras que en los borradores se proponía usarlo para recortar el sueldo por "actividades riesgosas", el texto final de la ley lo destina únicamente a regular el aviso al empleador: el trabajador debe informar su inasistencia por enfermedad o accidente durante la primera jornada, salvo fuerza mayor.
Indemnización por despidos y fin de la relación
Art. 46 y 47 (Si cambia el dueño): si la empresa se vende, los empleados pasan al nuevo dueño manteniendo su antigüedad.
Art. 48 (El aviso): para echar a alguien, el aviso previo es de 1 mes (si tenés menos de 5 años de antigüedad) o 2 meses (si tenés más).
Art. 50 (Chau de común acuerdo): se puede terminar el contrato yendo a un escribano o al Ministerio. Si pasan dos meses sin que nadie aparezca a trabajar ni reclame nada, se considera terminado.
Art. 51 (La indemnización): sólo cuenta la mejor remuneración "mensual, normal y habitual" que haya sido devengada y pagada. Quedan definitivamente fuera conceptos que no se cobran todos los meses, como el aguinaldo (SAC) y premios anuales
Art. 53 (Si volvés a la misma empresa): si te echan de nuevo, de la indemnización se resta lo que ya te pagaron antes, ajustado por inflación.
Los juicios laborales
Art. 55 (Intereses): los juicios que ya están andando se actualizarán por una tasa del Banco Central (tasa pasiva), con un tope para que no crezcan de forma desmedida.
Art. 56 (Pagar en cuotas): las empresas que pierdan un juicio podrán pagar en cuotas: hasta 6 para las grandes y hasta 12 para las pymes.
Art. 57 (Control fiscal): si un juez ve que un trabajador no estaba registrado, debe avisar sí o sí a la agencia de impuestos (ARCA) para que cobre las multas.


Opiniones cruzadas por la Coparticipación y situación financiera de Santa Cruz
La merma en la recaudación impacta en los envíos automáticos y genera pérdidas millonarias en todo el país. En ese escenario, Santa Cruz no escapa a la tendencia y enfrenta un complejo frente fiscal. Cruce entre el ministro Verbes y la diputada Mora.
La caída de los recursos que Nación transfiere a las provincias dejó de ser un dato aislado para consolidarse como una tendencia durante 2026. Los giros automáticos por coparticipación muestran retrocesos sostenidos, impulsados por una merma en la recaudación tributaria y un contexto económico que aún no logra repuntar.
Prácticamente todas las jurisdicciones registraron caídas reales en los fondos recibidos. Incluso los distritos más grandes, como Buenos Aires, Santa Fe o Córdoba, figuran entre los más afectados en términos absolutos. El fenómeno no es focalizado, sino sistémico, lo que vuelve a poner presión sobre los gobernadores, que ya advierten sobre el deterioro de sus ingresos en un contexto de ajuste fiscal.
La reducción de ingresos llega en un momento sensible. Las negociaciones salariales, la demanda de servicios esenciales y la necesidad de sostener la obra pública configuran un escenario de alta presión sobre las cuentas provinciales. En muchas jurisdicciones la coparticipación representa una porción mayoritaria de los ingresos, amplificando el impacto de cualquier variación. Frente a este panorama, algunas provincias evalúan alternativas como el endeudamiento o la reconfiguración del gasto, aunque con márgenes cada vez más acotados.
En medio de este escenario, el ministro de Economía provincial, Ezequiel Verbes, confirmó días atrás a La Opinión Austral que la Nación ya giró un adelanto financiero por $ 100 mil millones para atender desequilibrios de corto plazo. El funcionario explicó que se trata de un mecanismo habitual: “No es un préstamo, es un adelanto de coparticipación” que se utilizará para cubrir déficits transitorios de caja y que será devuelto dentro del mismo ejercicio, en función de la evolución de los ingresos. Además, llevó tranquilidad respecto a los municipios al remarcar que la asistencia no afecta la coparticipación local y subrayó que la provincia mantiene un bajo nivel de endeudamiento.
En paralelo, la diputada provincial Agostina Mora planteó una mirada crítica sobre la administración de los fondos públicos y cuestionó el discurso oficial sobre la falta de recursos. “Nos dicen que no hay plata, pero cuando uno mira los números aparece otra cosa“, sostuvo, al señalar que la provincia mantiene elevados niveles de depósitos a plazo fijo. Según indicó, estos alcanzaron en enero de 2026 los $ 96.596 millones, el valor más alto de la gestión, con incrementos muy por encima de la inflación.
El titular de Economía explicó que esos fondos “no son plata ociosa“, sino que tienen como destino el pago de salarios y jubilaciones, y que su utilización responde a la dinámica propia de la administración pública, donde los ingresos se perciben a lo largo del mes. Además, sostuvo que las colocaciones son de corto plazo y precancelables, por lo que el dinero está disponible cuando lo requiere la Tesorería. También remarcó que esta práctica está contemplada en la normativa vigente y que ha sido utilizada por gestiones anteriores, incluso por espacios políticos que hoy la cuestionan.
La caída de la coparticipación vuelve a poner en discusión el esquema de financiamiento federal. Con menos recursos disponibles y mayores demandas, crece la presión sobre las provincias y se reaviva el reclamo por una distribución más equitativa.

