Crimen en la Comisaría Séptima: la familia de Gilmar Claros Ferrel exige ver el cuerpo por primera vez

El Juzgado de Instrucción N° 3 y la fiscalía analizan las responsabilidades de los uniformados involucrados en la seccional del barrio San Benito. La querella impulsa nuevas medidas de prueba y un pedido desgarrador para que la familia pueda despedirse ante la morgue.

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La noche del pasado 16 de octubre quedará grabada a fuego en la provincia de Santa Cruz. Lo que en un principio fue comunicado por las autoridades como un repentino deceso por descompensación y consumo abusivo de alcohol en los calabozos de una dependencia periférica de Río Gallegos, hoy se ha transformado en un caso de extrema gravedad institucional.

El informe definitivo del Cuerpo Médico Forense tiró por la borda la versión oficial inicial y reveló una verdad escalofriante: Gilmar Claros Ferrel, un ciudadano boliviano de 35 años, no murió por causas naturales ni por una patología previa, sino que fue estrangulado mediante una brutal asfixia mecánica por compresión cervical extrínseca ejercida durante el operativo de sujeción policial. La confirmación científica de este cuadro asfixiante, adelantada en exclusiva en su momento por La Opinión Austral, detonó un terremoto que ya provocó el apartamiento de tres efectivos de la fuerza provincial y dejó a toda la comunidad en estado de alerta.

El dramático derrotero que culminó con la muerte de Claros Ferrel comenzó a tejerselas últimas horas de aquel viernes, cerca de las 22:35, en la noche de una jornada que había llegado a los 17° de temperatura cuando, en el barrio San Benito -ubicado en la periferia de la capital santacruceña- se registró un pedido de auxilio que ingresó al Gimnasio Municipal Indio Nicolai.

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De acuerdo con los datos recabados en la instrucción que lleva adelante el Juzgado de Instrucción N° 3, a cargo del magistrado Gerardo Giménez, un niño de apenas 10 años cruzó corriendo la calle con el rostro desfigurado por el pánico para pedir ayuda, asegurando que su padrastro estaba agrediendo a su madre en el domicilio familiar situado justo enfrente del complejo deportivo.

El personal del establecimiento municipal dio aviso inmediato a las líneas de emergencia, lo que motivó el desplazamiento de una comitiva de la Comisaría Séptima hacia un departamento de la manzana 71. Los primeros uniformados en arribar al lugar se encontraron con un escenario confuso: un hombre en aparente estado de alteración y con aliento etílico, y una mujer de 36 años, identificada como PLR, quien presentaba una lesión visible en la encía y el labio inferior.

Con el correr de las horas, la propia mujer se encargaría de desmentir tajantemente la versión de un ataque machista de proporciones, aclarando ante los investigadores que jamás existió un golpe de puño por parte de su pareja, sino que la lesión se produjo de manera accidental durante un forcejeo doméstico por la tenencia de un teléfono celular.

Pese a que la situación de violencia de género inicial comenzaba a desmoronarse en el testimonio de la propia presunta víctima, los efectivos exigieron a Claros Ferrel que abandonara el inmueble.

Ante la resistencia y las dificultades operativas planteadas en el recinto, los agentes solicitaron refuerzos y la presencia del personal del Comando de Patrullas. Fue en ese preciso instante de la reducción donde se desencadenó la secuencia fatal. Entre varios uniformados lograron reducir al hombre, colocarle las esposas y trasladarlo a bordo de un patrullero hacia el edificio de la Comisaría Séptima, situado en las inmediaciones del barrio.

La versión policial original intentó instalar que el demorado sufrió una súbita descompensación al ingresar a la celaduría. Según aquel parte preliminar, los agentes habrían iniciado de inmediato las maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP) y convocado a una ambulancia, cuyos profesionales intentaron salvarle la vida utilizando un desfibrilador eléctrico en reiteradas oportunidades, hasta que el médico de guardia certificó el deceso.

En un principio, fuentes ligadas a la fuerza deslizaron que la víctima acumulaba más de dos gramos de alcohol por litro en sangre y que padecía afecciones cardíacas previas que habrían precipitado el colapso orgánico.

Sin embargo, el blindaje de la versión oficial comenzó a resquebrajarse cuando los peritos forenses concluyeron la autopsia de rigor. El dictamen médico fue categórico: el deceso se produjo por “asfixia mecánica por compresión cervical extrínseca por estrangulamiento”. Dicho informe técnico le dio sustento absoluto al dato que La Opinión Austral había revelado en exclusiva pocos días después del hecho, señalando que los agentes habían aplicado una violenta maniobra de sujeción al cuello durante el procedimiento de reducción en el departamento del barrio San Benito.

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